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Modalidad 40 explicada de manera sencilla. Wilson Valle Martín
Modalidad 40 explicada de manera sencilla. Wilson Valle Martín
La Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio del IMSS mejor conocida como Modalidad 40 es un esquema que permite a las personas trabajadoras que han dejado de tener un empleo formal (con un patrón) seguir realizando aportaciones por su cuenta.
Es posible que este sea un tema relevante para ti. Por eso, quiero iniciar este artículo con 6 respuestas a inquietudes frecuentes de personas a las que hemos brindado asesoría en estos temas y decir que existen muchos mitos y verdades a medias al respecto:
1. ¿Puedo iniciar la Modalidad 40 a cualquier edad?
Esto es correcto, no hay una edad mínima ni máxima para contratarla, sin embargo, uno de los requisitos que se deberán cumplir es contar cuando menos con 52 semanas cotizadas con anterioridad al momento de la contratación.
Es importante puntualizar que los trabajadores que pueden tener un mayor beneficio al contratar la modalidad 40, son aquellos que se rigen bajo la ley del IMSS de 1973, es decir, aquellos trabajadores que comenzaron sus cotizaciones con anterioridad del 01 de julio de 1997, ya que de esta forma podría incrementar el monto de su futura pensión.
2. ¿Tendré derecho a la atención médica?
No, y aquí debemos prestar especial atención, ya que los únicos 2 seguros en los que se estará cotizando cuando uno contrata la modalidad 40 serán:
Seguro de Invalidez y Vida, así como el Retiro Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, por lo tanto no tendremos el derecho a la atención médica, sin embargo, existen los siguientes supuestos que pudieran otorgar el aseguramiento al contratante de la modalidad 40: Si se trata de una persona con matrimonio o con hijos, éstos te podrán asegurar como beneficiario y de esta manera gozarás de la atención médica y al mismo tiempo estar pagando tu modalidad 40.
3. ¿Se puede cotizar con cualquier cantidad de dinero?
La respuesta es No, ya que existen mínimos y máximos de cotización, en cuanto al mínimo deberá ser el salario mínimo vigente, que para este año (2025) equivale a $292.54 y como máximo el tope de 25 UMAs, lo que para este 2025 equivale a $2,828.50 por día.
4. ¿De qué manera me puedo inscribir?
Al día de hoy existen 2 opciones para contratarla, la primera es directamente en la Subdelegación del IMSS al que corresponda el domicilio del interesado, presentando la documentación correspondiente y la segunda opción es por medio de la página del IMSS, lo cual resulta en un ahorro de tiempo, al ser el registro muy accesible y amigable.
5. ¿Si fallezco mientras la estoy pagando se pierde lo aportado?
La respuesta es No, ya que al estar vigente en sus derechos se tendrá la posibilidad de que el esposo/a sean acreedores a una pensión por viudez, incluso para los beneficiarios a una pensión por orfandad y por ascendencia, lo anterior siempre y cuando al momento de ocurrir el fallecimiento, el asegurado bajo esta modalidad, cuente con los requisitos establecidos para acceder al beneficio de la pensión.
6. Puedo contratarla de manera retroactiva
Sí, ya que la modalidad 40 permite realizar el pago de manera retroactiva siempre y cuando desde la fecha de la última baja y la fecha de la contratación no hayan transcurrido más de 5 años.
RIESGOS Y FACTORES DE MIEDO
Una de las principales preocupaciones radica en que durante el tiempo que se esté pagando la modalidad 40 se tenga la necesidad de encontrar un nuevo empleo, en éste caso, si el trabajador es asegurado ante el IMSS, entonces de manera automática se le dará de baja de la modalidad 40. Por otro lado está el miedo de no poder pagar durante todo el plazo, sin embargo hay que recordar que al momento de contratarla no se estipula un plazo forzoso, de tal manera, que si no se está en posibilidades de continuar con el pago se puede suspender.
RECOMENDACIONES
¿Es una buena inversión? Sí, pero no para todos, ya que es importante que al momento de contratarla, tengas un análisis de cuanto es lo que recibirás de pensión al finalizar el plazo, considerando entre otros factores, la edad de pensión, el número de semanas cotizadas y el salario base de cotización promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, ya que todo esto impactará a la hora de determinar si la inversión será conveniente..
Wilson Valle Martín
Wilson Arcángel Valle Martín, Contador Público por la Universidad Autónoma de Yucatán, Licenciatura en Derecho por Universidad Utegra, Maestría en Administración Financiera por Universidad Tecmilenio, Maestría en Seguridad Social en Universidad Utegra, Maestría en Derecho Laboral por el Instituto de Posgrado en Derecho. +10 años dedicado al sector de seguridad social. Especialista en pensiones.
















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