Empresas que Facturan Operaciones Simuladas. Carlos R. Rodríguez Álvarez

Empresas que Facturan Operaciones Simuladas. Carlos R. Rodríguez Álvarez

 
Un tema relevante para las empresas es su implicación ante una relación comercial con otras empresas que han sido publicadas en el Diario Oficial de la Federación como una Empresa que Factura Operaciones Simuladas mejor conocidas como EFOS. En términos generales el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación prevé un procedimiento en el que los comprobantes fiscales emitidos por una EFOS quedan sin efecto fiscal alguno. Es decir, son no deducibles para ISR ni acreditables para IVA con efectos retroactivos de 5 años.

Una vez ocurrido lo anterior, los Empresas que Deducen Operaciones Simuladas cuentan, en principio, con un plazo de 30 días para demostrar la materialidad de sus operaciones, es decir, la efectiva prestación del servicio recibido, la adquisición correspondiente de bienes o la configuración de una autocorrección.

Después de agotar el procedimiento previsto en el mismo numeral, la autoridad competente deberá emitir una resolución en donde determine si se demostró dicha materialidad. En caso de que a consideración de la autoridad no se haya demostrado la materialidad, o bien, no se desahogó el procedimiento, –previo ejercicio de facultades de comprobación– se determinarán los créditos fiscales que correspondan.

Desde la entrada en vigor del artículo 69-B del CFF en 2014 se han publicado más de 5,000 EFOS, situación que implica la existencia de más de 300,000 EDOS con cálculos cuantiosos de posibles autocorrecciones, determinación de créditos fiscales, auditorías, así como la generación de una excesiva carga administrativa de trabajo por la necesidad de demostrar la materialidad de un servicio recibido, o bien, la adquisición de bienes.

En AF&C somos una firma Consultora de Abogados Fiscales en Mérida Yucatán, especializada en áreas de Derecho Fiscal y Administrativo, Patrimonial, Corporativo y Mercantil, lo que nos permite brindar servicios integrales a nuestros clientes.

Carlos R. Rodríguez Álvarez

Es Licenciado en Derecho por la Universidad Modelo con estudios de Maestría en Derecho Fiscal por la Universidad Autónoma de Yucatán.  Socio Fundador de AFYC CONSULTORES SCP despacho jurídico especializado en derechos fiscal, administrativo y corporativo. Más de 10 años de experiencia en litigio contencioso administrativo. Especialista en materia de Defensa Fiscal y Administrativa, así como servicios preventivos y de protección patrimonial.

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