Notarios en la mira

Notarios en la mira

 
En últimos días y meses hemos leído o escuchado cada vez con más frecuencia el agravio de personas en su patrimonio, que fueron víctimas del despojo aparentemente ilegal de su propiedad. Y aunque es un tema que a todos nos podría afectar en un momento dado hay un segmento de nuestra economía y sociedad que verdaderamente está involucrada a este respecto. Y me refiero a los notarios.

Pero para nuestros lectores del Portal Líder Ejecutivo queremos explicar el origen y raíz de esta problemática o mejor dicho, de este paradigma:

Para ello definiremos algunos conceptos de uso no exclusivo de los Profesionales en Derecho:
  • Ley. Regla, norma, precepto de la autoridad pública que manda, prohíbe o permite algo. Regla de conducta obligatoria dictada por el poder legislativo.
  • Justicia. Es darle a cada uno lo que le corresponde y pertenece.
  • Estado. Es una comunidad humana establecida sobre un determinado territorio que tiene una organización política.
  • Registro público de la propiedad. Es la institución que tiene como objetivo dar certeza y seguridad jurídica a las acciones relacionadas con la propiedad de un inmueble.
¿Qué es un notario?

Es un depositario de la fe pública que el Estado le otorga a través de una patente. Da fe de la validez y licitud de los actos jurídico que se celebran ante él. Entre los que se encuentran precisamente la compra venta y enajenación de terrenos y casas, entre otros. El notariado es una institución suigeneris, surgida como un producto social protector de las relaciones derivadas de la vida económica de las personas y basada en la fe pública.

Hasta aquí con las definiciones que nos permitirán explicar este paradigma que se encuentra al borde de la obsolescencia.

En todo este añejo proceso que inició mucho antes que se imprimiera la primera constitución de cualquier país e incluso antes de los romanos; como primer paso es necesario que las partes involucradas en el proceso se identifiquen con un documento oficial. Aquí inicia la vulnerabilidad del paradigma ya que muchas personas sabemos que, es posible gestionar una identificación oficial llevando a 2 testigos y la institución la emite sin más.

Esta brecha de seguridad de inicio, vulnera todo el proceso notarial, ya que el notario únicamente acredita que el documento sea válido, más no veraz. Ya que no compete a su jerarquía pensar mal de las intenciones de quien compra o vende. Y aquí se enroscan en una de dimes y diretes fundamentados en el derecho, las leyes, pero nunca de la justicia.
  • ¿Cuándo tendremos una identificación que certifique y acredite a través de un proceso biomédico nuestra existencia? Que se encuentre ligado a nuestros registros de nacimiento, escolar, médico, etc.
  • ¿Cuándo se tendrá al 100% la identificación y posición geográfica de un predio?
  • ¿Sobrevivirán los notarios al desarrollo del Blockchain?
Mientras tanto a miles de kilómetros el notariado europeo ha iniciado una discusión pública sobre los efectos de la aplicación de la cadena de bloques (Blochchain). Congreso Europeo del Notariado Nov-2017.

El Blockchain es una de las inquietudes que fueron valoradas, junto a la herencia, la identidad digital y el comercio electrónico. Si bien concluyeron que esta tecnología tiene pocas posibilidades de plantear a corto plazo un cambio en el paradigma notarial, reconocían que en el futuro "ciertas funciones notariales, como la del registro de datos, pueden llegar a verse afectadas si se desarrollase con garantías.

Carmelo Llopis, Notario de Valencia mencionó que "tal y como sucedió con la aparición de la firma electrónica, esto puede convertirse en una oportunidad más que una amenaza”. Llopis asegura que quienes se verán amenazados serán los profesionales anglosajones cuya función "al contrario que sucede en España, no añade valor al proceso, porque no hay una actuación de validación de Derecho y se quedan el puro registro de datos de una transacción”.

Sobre la base de blockchain se pueden desarrollar tantas aplicaciones como se quiera, aseguró el Abogado Alejandro Gómez de la Cruz. "Su función principal es la transmisión de un valor entre 2 partes. Produce un registro inmutable de datos que se logra por el consenso de la mitad de las computadoras que contienen una copia de esa transacción”. Se suplirá la función de la certeza de que algo ha ocurrido, pero no la de reconocer si lo que ha ocurrido es cierto o falso, es decir, la de dar fe de que las partes dicen ser quienes son realmente y elevarlo a público.

Así que de momento, nuestros Notarios locales pueden estar tranquilos ya que estos cambios vendrán en unos años.

Así pues, la ética se está cubriendo de una aparente nube de opacidad. Hacemos votos para que prevalezca el Estado de Derecho y se imparta Justicia pronta y expedita.


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