Inicio
Actividades Vulnerables para la Ley PIORPI. Carlos Rodríguez Álvarez
Actividades Vulnerables para la Ley PIORPI. Carlos Rodríguez Álvarez
En términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá realizar visitas de verificación a quienes realicen las Actividades Vulnerables, a las Entidades Colegiadas, así como a sus órganos concentradores, para comprobar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada Ley, tomando en consideración lo siguiente:
Los sujetos visitados deberán proporcionar exclusivamente la información y documentación soporte con que cuenten que esté directamente relacionada con Actividades Vulnerables.
Las verificaciones que lleve a cabo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público solo podrán abarcar aquellos actos u operaciones consideradas como Actividades Vulnerables en los términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, realizados dentro de los cinco años inmediatos anteriores a la fecha de inicio de la visita.
El texto anterior publicado en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero menciona las atribuciones de la autoridad en este caso la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para realizar visitas de verificación de información y documentación.
En este artículo quiero mencionar un término importante que se menciona en toda la LFPIORPI. Las Actividades Vulnerables.
Las Actividades Vulnerables son una serie de actividades derivadas de diversos estudios en la materia son consideradas de alto riesgo para ser utilizadas como un vehículo para blanquear capitales provenientes de la comisión de algún delito y de esta forma integrar dichos recursos a la economía formal.
Esta es la lisa de Actividades Vulnerables que deben ser informados a la autoridad.
• Juegos con apuesta, concursos y sorteo
• Tarjetas de crédito o de servicios
• Tarjetas prepagadas
• Cheques de viajero
• Préstamos o créditos con o sin garantía
• Servicios de construcción, desarrollo o comercialización de bienes inmuebles
• Comercialización de piedras y metales preciosos, joyas y relojes
• Subasta y comercialización de obras de arte
• Distribución y comercialización de vehículos, terrestres, marinos, aéreos.
• Servicios de Blindaje
• Transporte y custodia de dinero o valores
• Derechos personales y de uso de bienes inmuebles
• Recepción de donativos por parte de organizaciones sin fines de lucro
• Operaciones con Activo Virtuales
Adicionalmente la siguiente lista de servicios profesionales de manera independiente, sin relación laboral:
• Compra venta de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos
• Administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo de sus clientes
• Manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores
• Organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles
• Constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporativos, incluido el fideicomiso y la compra o venta de entidades mercantiles
Los notarios que realicen las siguientes actividades:
• Transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles
• Otorgamiento de poderes para actos de administración o dominio otorgados con carácter irrevocable
• Constitución de personas morales y su modificación patrimonial
• Constitución o modificación de fideicomisos traslativos de dominio o de garantía sobre inmuebles
• Otorgamiento de contratos de mutuo o crédito, con o sin garantía
Prestación de fe pública por corredores públicos:
• Avalúos sobre bienes
• Constitución de personas morales mercantiles, su modificación patrimonial
• Constitución, modificación o cesión de derechos de fideicomiso
• Otorgamiento de contratos de mutuo, mercantil o créditos mercantiles
Prestación de servicios de comercio exterior
• Vehículos
• Máquinas de juegos y apuestas
• Equipos y materiales para la elaboración de tarjetas de pago
• Materiales de resistencia balística
• Joyas, relojes, metales y piedras preciosas
• Obras de arte
Es importante el cumplimiento de las obligaciones de lo establecido en la LEY FEDERAL PIORPI, recomendamos la implementación de controles internos para este efecto. Así como blindar tu empresa de ser vinculada a alguna investigación de lavado de dinero y pueda generar riesgos de tipo penal.
Carlos A. Rodríguez Álvarez
Es Licenciado en Derecho por la Universidad Modelo con estudios de Maestría en Derecho Fiscal por la Universidad Autónoma de Yucatán. Socio Fundador de AFYC CONSULTORES SCP despacho jurídico especializado en derechos fiscal, administrativo y corporativo. Más de 10 años de experiencia en litigio contencioso administrativo. Especialista en materia de Defensa Fiscal y Administrativa, así como servicios preventivos y de protección patrimonial.
Esta publicación aún no tiene comentarios disponibles.