¿Cómo abrir una SOFOM ENR?

¿Cómo abrir una SOFOM ENR?

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De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación con fecha 18 de Julio de 2006 puede realizarse de manera habitual y profesional por cualquier persona sin necesidad de autorización del Gobierno Federal. 

Esto abre la posibilidad de un emprendimiento empresarial. Las SOFOMES ENR o No Reguladas están sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para el cumplimiento del artículo 95 Bis de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito. 

En el Portal de la Asociación Mexicana de Entidades Financieras Especializada el Procedimiento para constituir una SOFOM ENR es el siguiente: 

1. Efectuar la consulta a la Subdirección de Autorizaciones de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para la utilización de vocablos o palabras de uso reservado en la denominación de la Entidad, en su nombre comercial y en los logotipos. El Subdirector de Autorizaciones es el Lic.Raúl Sánchez García y lo pueden localizar en el teléfono 3688-2020. 

2. La Condusef realizará las altas en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros de las Instituciones Financieras, para lo cual el Promovente (persona interesada en constituir una SOFOM) deberá presentar a dicha Comisión su proyecto de estatutos sociales para su revisión, a través del Portal del Registro, proporcionando: 

I. Identificación oficial vigente; 
II. Datos generales: 
  • a. Nombre completo y sin abreviaturas, 
  • b. Número telefónico (compuesto por lada, número y, en su caso, extensión), y
  • c. Correo electrónico. 
 III. Denominación social con la que se pretende constituir la sociedad, al cual deberá agregar lo siguiente: 
  • a. Tratándose de SOFOM No Reguladas, las palabras Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, o su abreviatura "S.O.F.O.M, E.N.R” 
  • b. Tratándose de SOFOM Reguladas agrupar en su denominación social la expresión Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad Regulada, o su abreviatura "S.O.F.O.M.E.R.” 
IV. El proyecto de estatutos sociales, deberá: 

1. Contemplar expresamente que la sociedad tiene como objeto social principal la realización habitual y profesional de una o más de las actividades de otorgamiento de crédito, arrendamiento financiero o factoraje financiero; 

2. Especificar el tipo de crédito, en su caso, si otorgan arrendamiento y/o factoraje financiero, y
iii Señalar las actividades complementarias a su objeto social principal que efectivamente vayan a realizar, entre las cuales podrán estar: 
  • a. La administración de cualquier tipo de cartera crediticia. 
  • b. Otorgar en arrendamiento bienes muebles o inmuebles. 
  • c. Actuar como comisionista de otras entidades financieras 
  • d. Actuar como fiduciaria únicamente en fideicomisos de garantía, de acuerdo con la Sección Segunda, del Capítulo V, del Título Segundo, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en relación con lo dispuesto por los artículos 79 y 80 de la Ley de Instituciones de Crédito para dichas instituciones. 
  • e. Exclusivamente, para el caso de la SOFOM Entidad Regulada, emitir valores de deuda a su cargo, en términos del artículo 87-B de la LGOAAC. 
  • f. Obtener créditos y préstamos de instituciones de crédito nacionales o extranjeras, personas morales dedicadas al otorgamiento de crédito, y crédito de sus proveedores para capital de trabajo. 
  • g. Llevar a cabo la transferencia de fondos, previo registro ante la CNBV. 

Una vez que el Promovente realice la captura de los datos en el Portal de Registro, el sistema asignará un Folio, que le servirá para dar seguimiento y conocer el resultado de su solicitud. 

La Condusef llevará a cabo el análisis del proyecto de estatutos y procederá a dar respuesta de Opinión Favorable o Desfavorable a través del Portal de Registro, en un plazo no mayor a treinta días hábiles contado a partir de la fecha de recepción de la solicitud. 

Tratándose de Opiniones Desfavorables la Condusef prevendrá por única ocasión al Promovente para que lleve a cabo las correcciones y observaciones correspondientes, en un plazo que no excederá de diez días hábiles contado a partir del día hábil siguiente a que esté disponible la respuesta de opinión en el Portal de Registro. 

Una vez realizadas las correcciones y observaciones al proyecto de estatutos, el Promovente ingresará al Portal de Registro con su Folio, debiendo subir el proyecto de estatutos modificado y, reanudará el trámite. 

De obtener la Opinión Favorable de la Comisión, el Promovente contará con un plazo de treinta días hábiles, contado a partir de que esté disponible en el Portal de Registro la respuesta de Opinión Favorable, para proceder a la constitución de la sociedad. 

3. Se constituirá el Promovente como sociedad anónima ante notario o corredor público, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley General de Sociedades Mercantiles para dicho tipo social. 

4. Darse de alta ante el SAT, como entidad financiera y obtener el RFC. 

5. El Promovente, haciendo uso de su Folio, avisará a la Condusef la constitución de la SOFOM, a través del Portal de Registro, y subirá la escritura constitutiva, o en su caso, su modificación, así como los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, en un plazo no mayor de diez días hábiles contado a partir de la fecha en que la escritura haya quedado inscrita en el citado Registro Público. La Condusef procederá a inscribirla en el Portal de Registro con la leyenda de "En Trámite de Inscripción”, y se identificará con el Folio, el cual tendrá una vigencia de ciento veinte días hábiles, a partir del otorgamiento de dicha leyenda. Concluido este plazo sin haber obtenido el registro, la SOFOM podrá presentar nueva solicitud de inscripción. 

6. La Condusef informará semanalmente a la CNBV de las SOFOM que se encuentren en trámite de inscripción para que el Promovente presente la solicitud para la emisión del Dictamen Técnico mediante el procedimiento de tramitación vía electrónica a través del SITI, utilizando para ello los formatos que para tales efectos dé a conocer la CNBV en su página de internet y de conformidad con las especificaciones previstas en el Instructivo, el cual estará disponible en la sección de "Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo” dentro del apartado de "Avisos” del portal de internet de la Comisión, al que se podrá ingresar mediante la dirección electrónica www.cnbv.gob.mx. 

7. Las SOFOM cuentan con un plazo de diez días hábiles para acreditar que son usuarios de al menos una sociedad de información crediticia, debiendo presentar la carátula del contrato de prestación de servicios respectivo. El plazo comenzará a correr a partir de la fecha en que quede registrado al menos un contrato de adhesión en el registro de contratos de adhesión o, cuando quede registrada su cartera de crédito en el registro de comisiones, ambos administrados por la Condusef.

COMENTARIOS

Anónimo
Me parece interesante esta recopilación de información acerca de los trámites necesarios para aperturar una SOFOM. Creo que después de estos pasos, el principal problema que se enfrentan es la apertura de una cuenta bancaria para iniciar operaciones. ¿ Es una estrategia de competencia de los bancos ante las financieras? O ¿Cómo una SOFOM recién autorizada podría solucionar esta dificultad? . ¿Qué banco recomendarían?. Gracias.
Anónimo
Inbursa
Anónimo
Me estoy informando ya que quiero iniciar una sofom, cuanto necesito como mínimo de capital para poder operar?
Anónimo
Manda un correo a contacto@azmarketingdigital.com.mx ellos te pueden ayudar para ponerte en contacto con un asesor o whatsapp 9992303236
Anónimo
Hola... Además de esos contactos, con que otra empresa me recomiendan acercarme para la asesoría y apoyo del registro de una SOFOM NR? Saludos
Anónimo
Quiero iniciar una sofom enr no cuento con mucho capital, en realidad quiero prestar dinero pero quiero hacerle bajo el margen de la ley...me pueden asesorar o alguien ayudar con ello.
Anónimo
Se requiere un mínimo de 50 mil pesos Mexicanos para abrir una sofom y operar.
Anónimo
Estoy interesado en constituir una SAPI SOFOM ENR Sin embargo, al hacer presupuestos me he encontrado con compañías que piden 1 millón 400 mil pesos por crear la entidad desde cero y entregar llave en mano. Es este un precio de mercado o la cotización está inflada ? Gracias por sus respuestas.
Anónimo
Hola , he laborado en financieras y pretendo crear una sofom, y mi pregunta es para iniciar una sofom que capital mínimo es decir con cuánto capital minimo se requiere. Gracias
Anónimo
Hola , he laborado en financieras y pretendo crear una sofom, y mi pregunta es para iniciar una sofom que capital mínimo es decir con cuánto capital minimo se requiere. Gracias
Anónimo
Hola me he estado informando para crear un sofom pero mi pregunta es sobre el capital mínimo cuánto debe ser Gracias

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