Subcontratación. ¿Se nivela la balanza?

Subcontratación. ¿Se nivela la balanza?

 
Está en la palestra el tema de subcontratación en México. Este esquema de trabajo importando de Estados Unidos y que tiene una gran aplicación en nuestro país está a punto de sufrir cambios importantes.

Hoy día las empresas priorizan tres aspectos fundamentales para realizar funciones de outsourcing: concentración de los negocios, ahorro de costos y reingeniería de procesos. Todo ello con el mismo fin, ser más eficaces y lo más rentables posibles para obtener un mayor beneficio.

¿Cuál es el motivo de las modificaciones propuestas a la Ley Federal del Trabajo?

Antes de emitir un juicio. Lee estos puntos:
  • Con excepciones específicas, se prohíbe la subcontratación de personal que consiste en que una persona física o moral proporcione o ponga a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
  • Sólo queda permitida la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas, que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica de la empresa beneficiaria de los mismos.
  • Las empresas o patrones que recurran a la prestación de servicios especializados con un contratista que incumpla las obligaciones con sus trabajadores, serán responsables solidarios de los trabajadores implicados.
  • Las empresas que presten servicios especializados requerirán autorización por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), a ser renovada cada 3 años; además, quedarán inscritas en un padrón público.
  • Quedan permitidas las agencias de colocación, pero éstas sólo podrán intervenir en el proceso de contratación (reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, entre otras actividades) y en ningún caso se considerarán como patrones.
  • La violación a las nuevas disposiciones implicará multas de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización; para este 2020, esos valores van de los 173,760 pesos hasta los 4 millones 344,000 pesos.
  • Los pagos por concepto de subcontratación de personal no tendrán efectos fiscales de deducción o acreditamiento; además, las irregularidades se procesarán como un delito de defraudación fiscal.
  • La reforma entrará en vigor el 1 de enero de 2021, tras lo cual la STPS deberé expedir reglas y una vez publicadas éstas, las empresas prestadoras de servicios especializados tendrán 6 meses para obtener la autorización de la dependencia para ello.
Esto aún es proyecto y está, como dijimos al inicio de este artículo, en debate. Estaremos al pendiente de estos cambios que seguramente traerán grandes impactos en las empresas y el mismo gobierno en este 2021. El año que nos espera. 



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