Discrepancia Fiscal. Arma poderosa de la autoridad. Enrique Pérez Zapata

Discrepancia Fiscal. Arma poderosa de la autoridad. Enrique Pérez Zapata

 
En el mes de abril, las personas físicas que obtuvieron ingresos, en términos generales, deberán presentar su declaración anual de impuestos por lo que es importante tener en cuenta el concepto de discrepancia fiscal, la cual constituye una herramienta de la autoridad fiscal para determinar una posible omisión de impuestos. 

En términos simples, se tiene discrepancia cuando una persona física realiza  erogaciones en un año calendario y éstas son superiores a los ingresos declarados a la autoridad fiscal, considerando como tales a los gastos, adquisición de bienes, depósitos en cuentas bancarias o inversiones y financieras y pagos a tarjetas de crédito. 

Ante esta situación, la autoridad otorgará un plazo de 20 días hábiles para informar el origen o fuente de procedencia de los recursos con los que efectuó las mencionadas erogaciones, las cuales, en el caso de que la persona física no esté registrada ante el R.F.C., éstas se considerarán ingresos omitidos por los que se deberá pagar el impuesto correspondiente. 

En el supuesto de no realizar por parte del contribuyente, las aclaraciones pertinentes, se tendrán consecuencias económicas ( pago de impuestos, multas, recargos y actualizaciones) y dependiendo del monto de impuesto omitido, vinculación a un proceso penal.

Hoy en día, la autoridad fiscal con herramientas tecnológicas y fuentes de información casi en tiempo real, que le proveen datos sobre las personas físicas, registradas y no registradas. Una duda frecuentes es: que tanto sabe el fisco de mí? La respuesta corta es TODO. 

Por lo anterior, es importante tener en cuenta las siguientes recomendaciones para disminuir los riesgos anteriormente comentados para proteger nuestro patrimonio :

  • Adoptar un sistema de registro de información( ingresos y erogaciones)
  • No comprar bienes muebles o inmuebles a nombre de personas distintas a la que hace la erogación ( hijos, esposa, padres).
  • Arrendamiento de casa habitación.- si se cobra en efectivo, el gasto sea en efectivo, pero cuidado con la reforma del 2020 pues cuando se condene al arrendatario al pago de rentas vencidas, la autoridad judicial requerirá al acreedor que compruebe haber expedido Comprobantes fiscales digitales por internet.
  • No prestar el crédito personal para compra de bienes por parte de conocidos.
  • No hacer depósitos en efectivo.
  • Gastos de terceros en cuentas propias.- documentar con un contrato de mandato en donde se fijen las reglas, mecanismos y condiciones en las cuales se recibe el dinero, se efectúa el gasto, así como la cuenta de procedencia y destino.
  • Pagos de tarjetas de crédito con transferencia( de una cta bancaria con ingresos declarados).
  • Evitar la práctica de "retirar efectivo de una tarjeta para realizar el pago mínimo de otra”.
  • Robo de identidad.- consultar periódicamente el buró de crédito.
  • Ahorros preexistentes.- Reconstruir cuales fueron las fuentes de donde surgieron dichos ahorros.
  • Manutención.- no retirar dinero en efectivo y depositar efectivo a cuentas bancarias de hijos; hacerlo vía transferencia.
  • No adquirir cheques de viajero, cheques de caja, órdenes de pago en efectivo pues la institución financiera informa a la autoridad fiscal. Que se haga de una cuenta declarada fiscalmente.

Por lo anterior, es importante que toda persona física establezca un orden documental en el manejo de sus finanzas personales y de sus actividades que le generan ingresos, para darles el tratamiento fiscal y legal que corresponda y de esta forma, proteja y maximice su patrimonio, cumpliendo con sus obligaciones fiscales según las disposiciones vigentes. 

Enrique Pérez Zapata

Es Contador Público egresado de la UADY con Maestría y Doctorado en el área Fiscal con más de 20 años de experiencia. Participa en diversos colegios y asociaciones especializadas. También ha colaborado con diversas firmas de Consultoría en áreas de contabilidad, auditoría e impuestos. De igual manera es docente en prestigiosas Universidades a nivel maestría.

Actualmente es Socio Director en el área Fiscal y Patrimonial de Cervantes Pérez Consultores patrimoniales y Auditores y Lidera el proyecto KALIBBER Consultora Multidisciplinaria especializada en emprendedores, acelerador de competitividad y transformación corporativa.

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