El Patrimonio ante las reformas fiscales 2022 (2 de 3)

El Patrimonio ante las reformas fiscales 2022 (2 de 3)

 
Continuando con el análisis sobre la iniciativa de reformas fiscales para 2022, que actualmente se encuentran en revisión por la cámara de diputados, cuyas bases descansan en una simplificación administrativa, medidas para combatir la evasión y elusión fiscal, y el incremento de la base de contribuyentes, especial mención merece  la incorporación para personas físicas y morales de un nuevo régimen de confianza, basado en la determinación del Impuesto sobre la renta sobre los ingresos netos, los cuales en el caso de las personas físicas, el tope anual para poder tomar la opción, será de 3.5 millones de pesos, y en el caso de las empresas, de 35 millones de pesos, ambas cantidades en el ejercicio, teniendo obligaciones fiscales básicas, aparentemente sin la necesidad de ninguna asesoría externa especializada, sin embargo, hay 4 aspectos que deben tomarse en cuenta, para evaluar la conveniencia de dicho régimen ya sea de personas físicas o las empresas: 

1. La tasa del ISR es sobre ingresos netos, es decir, no toma en cuenta deducciones, por tanto, hay que determinar la utilidad financiera real del negocio y comparar dicho impuesto con la utilidad para conocer la carga fiscal anual, y saber si conviene o no, optar por este régimen

2. En el caso de emprendedores, por los general, los primeros años no se tienen utilidades, por lo tanto, no conviene optar por este régimen el cual no considera esta situación

3. Se tienen que hacer proyecciones financieras, pues hay momentos en las cuales hay contracciones de mercado, o redireccionamiento del negocio, en las cuales, no se tendrán utilidades

4. Si bien desaparece el Régimen de Incorporación Fiscal para personas físicas, los que ya se encuentren en dicho régimen, podrán seguir tributando en él, por lo que hay que evaluar desde el punto de vista financiero, la conveniencia de cambiar al nuevo régimen, dependiendo de la carga fiscal financiera real.

Adicionalmente, se contemplan algunos cambios que traerán consigo más obligaciones por parte del contribuyente y un cúmulo mayor de información que tendrá la autoridad fiscal:

1. Partes relacionadas.- Se hacen precisiones para que no quede duda respecto a la obligaciones fiscales cuando se está ante la configuración empresarial de una operación ya sea de facturación por servicios, compra venta de productos, intereses, regalías, etc entre empresas que comparten accionistas en común, control y administración en un grupo de empresas constituidas ya sea en México o en el extranjero, precisando que ambas tienen la obligación principal de demostrar que las operaciones realizadas con sus filiales son comparables con operaciones en las mismas condiciones con empresas independientes, es decir, que no compartan socios, control o administración. 

2. Operaciones relevantes.- obligación contenida en las disposiciones fiscales desde el 2014 que a pesar de que fue controvertida en tribunales y declarada inconstitucional por el máximo tribunal, se incorporó en la ley de ingresos de la federación, en reglas de la resolución miscelánea hasta "regresar” al código fiscal recientemente, con un detalle extenso de supuestos tales como reorganizaciones, participación en el capital de sociedades y operaciones financieras derivadas, los contribuyentes deberán informar a la autoridad fiscales respectivamente; para 2022 se incorporan los supuestos de escisión, fusión y autorización de enajenación de acciones a costo fiscal, comentadas anteriormente.

3. Beneficiario controlador.- este concepto no es nuevo pero se encuentra en disposiciones relacionadas con prevención en materia de lavado de dinero incluso a nivel internacional; por ejemplo, GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) en su "guía sobre transparencia y beneficiario final”, explica que este concepto se refiere a la persona o personas que finalmente controlan a una empresa y dicho control se ejerce mediante una cadena de titularidad y en cuyo nombre se realiza alguna transacción;  es una novedad en materia fiscal y establece obligaciones para personas morales y  fiduciarias a identificar y documentar la información sobre quien tiene esta cualidad en la empresa, así como la facultad al SAT de la celebración de convenios de colaboración con otras dependencias tales como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y demás entidades del sistema financiero, así como registros públicos federales y estatales, con los cuales corroborarán u obtendrán información relacionada con el tema.

4. Obligatoriedad del dictamen de estados financieros.- Será obligatorio el dictamen de estados financieros a empresas cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior sean iguales o superiores a $1,637,320,540, cantidad que deberá actualizarse anualmente con base al INPC, en formatos e información que deberá dar a conocer la autoridad fiscal a más tardar el 15 de mayo del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate.

En el siguiente artículo se analizarán algunas sanciones y multas novedosas al sistema financiero, a la nueva figura en el código fiscal de la federación de beneficiario controlador analizada en el presente, así como aquellas relacionadas con comprobantes fiscales digitales y en materia de simulación de relaciones laborales, para que con esta serie de análisis ejecutivos, se tenga un panorama general sobre el contenido de la iniciativa de cambios en materia fiscal y se tomen las previsiones necesarias en la empresa, el empresario y su patrimonio.

Enrique Pérez Zapata

Es Contador Público egresado de la UADY con Maestría y Doctorado en el área Fiscal con más de 20 años de experiencia. Participa en diversos colegios y asociaciones especializadas. También ha colaborado con diversas firmas de Consultoría en áreas de contabilidad, auditoría e impuestos. De igual manera es docente en prestigiosas Universidades a nivel maestría.

Actualmente es Socio Director en el área Fiscal y Patrimonial de Cervantes Pérez Consultores patrimoniales y Auditores y Lidera el proyecto KALIBBER Consultora Multidisciplinaria especializada en emprendedores, acelerador de competitividad y transformación corporativa.

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